domingo, 20 de mayo de 2012

Naciones Unidas . Declaración


En su resolución 2231 (XXI), de 20 de diciembre de 1966 (texto aquí, "Cuestión de Gibraltar"), las Naciones Unidas declararon:



La Asamblea General, Habiendo examinado la cuestión de Gibraltar,[...]. 1. Lamenta la demora en el proceso de descolonización y en la aplicación de la resolución 1514 (XV), de la Asamblea General a Gibraltar. 2. Invita a las partes a que continúen sus negociaciones, teniendo en cuenta los intereses de la población del territorio y pide a la Potencia administradora que acelere sin ningún obstáculo, y en consulta con el Gobierno de España, la descolonización de Gibraltar [...]

Un año después, en su resolución 2353 (XXII), de 19 de diciembre de 1967 (texto aquí, "Cuestión de Gibraltar"), las Naciones Unidas declararon:


La Asamblea General, Habiendo examinado la cuestión de Gibraltar, [...]. Considerando que toda situación colonial que destruya parcialmente o totalmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y específicamente con el párrafo 6º de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, [...]. 1. Lamenta la interrupción de las negociaciones recomendadas en las resoluciones 2070 (XX) y 2231 (XXI) de la Asamblea General; 2. Declara que la celebración por la Potencia administradora del referendum de 10 de septiembre de 1967 contraviene las disposiciones de la resolución 2231 (XXI) de la Asamblea General y las de la resolución aprobada el 1 de septiembre de 1967 por el Comité Especial [...]. 3. Invita a los Gobiernos de España y del Reino Unido [...] a reanudar sin demora las negociaciones previstas en las resoluciones 2070 (XX) y 2231 (XXI) de la Asamblea General, con miras a poner fin a la situación colonial de Gibraltar y a salvaguardar los intereses de la población al término de esa situación colonial

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